Las personas que fuman porros (o consumen otras drogas ilegales) en la calle se exponen a sanciones administrativas, o multas. Estas multas se amparan en una ley llamada de seguridad ciudadana. Esta misma ley también contempla que si te pillan con droga en la calle (tenencia) te pueden multar igual. El importe de la multa suele oscilar entre los 300€ y los 30.000€.
Este importe puede no pagarse si la persona multada se somete a un proceso de desintoxicación.
Ahora mismo están preparándose algunos cambios en esa ley. De entrada, el importe mínimo pasa de 300€ a 1001€ y eliminan la posibilidad de no pagar la multa a través del proceso de desintoxicación, salvo que la persona sea menor, en ese caso la posibilidad todavía se contempla.
Otros cambios tienen que ver con el cultivo de cannabis. Hasta ahora está considerado delito, por lo que si una persona está cultivando en casa y le pillan puede ser llevada ante un juez, y será el juez el que considere la absolución o la pena. Con la nueva ley el cultivo será sancionado administrativamente, por lo que no pasará vía juez sino que será como una multa, el importe es de nuevo 1.001€ a 30.000€.